¿Qué podría cambiar?

Los contratos de un año podrían dejar de garantizar tres años de renovación.

Uno de los cambios más significativos para quienes alquilan una vivienda se refiere a las normas de renovación de contratos.

La propuesta mantiene la duración mínima de un año y la máxima de 30 años, pero elimina la norma que, cuando no se estipula nada en el contrato, exige una duración mínima de tres años para la renovación.

En la práctica, un contrato firmado por un año podría renovarse por periodos de tan solo un año.

La propuesta también modifica las normas relativas a la oposición del arrendador a la renovación. Actualmente, si bien la duración mínima de los contratos es, por regla general, de un año, existe una protección que impide al arrendador oponerse a la primera renovación antes de que transcurran tres años desde la firma del contrato.

Si la propuesta se aprueba tal como está, el arrendador podrá oponerse a la renovación al finalizar el primer contrato, siempre que se cumplan los plazos de preaviso correspondientes.

Los desahucios pueden proceder tras dos meses de impago del alquiler.

Otro cambio clave de la reforma se refiere al impago del alquiler.

El gobierno propone reducir de tres a dos meses el plazo de impago necesario para iniciar un desahucio.

La propuesta también busca agilizar los procesos, eliminando trámites administrativos y notificaciones innecesarias, y evitando la duplicación de decisiones judiciales relacionadas con desahucios y pagos de alquiler.

El objetivo declarado del gobierno es acelerar la recuperación de propiedades y, de esta forma, contribuir a aumentar la oferta disponible en el mercado de alquiler.

¿Qué sucede con los llamados "contratos de arrendamiento antiguos"?

La propuesta también aborda uno de los temas más delicados del régimen de arrendamiento: los contratos firmados antes de 1990.

Uno de los cambios se refiere a la transferencia del contrato tras el fallecimiento del "arrendatario original", es decir, la persona que formalizó el contrato inicialmente.

El Gobierno busca clarificar las normas para la transferencia de arrendamientos y prevé que, en ciertos casos, cuando un arrendamiento se transfiera por fallecimiento a un cónyuge o pareja menor de 65 años, se aplicará el RNA (Nuevo Régimen de Arrendamiento Urbano).

A falta de acuerdo entre las partes, el arrendamiento se considerará de duración fija de cinco años, renovándose automáticamente por períodos sucesivos de igual duración, salvo que se estipule lo contrario.

No obstante, existen salvaguardias. La transición al RNA no se aplica cuando el nuevo titular es mayor de 65 años o tiene una discapacidad demostrada del 60% o más.

La propuesta también exige que el cesionario demuestre que residía efectivamente en la propiedad y establece normas específicas para las uniones de hecho y otros familiares que puedan tener derecho a la transferencia.

Los alquileres antiguos pueden actualizarse.

Los cambios no se limitan a la transferencia del arrendamiento. Para los inquilinos menores de 65 años con ingresos anuales inferiores a 64.400 €, la propuesta estipula que el alquiler se mantendrá durante cinco años, aunque el contrato se transferirá al RNA (Nuevo Régimen de Arrendamiento Urbano).

Cuando el alquiler supere esta cantidad, podrá actualizarse a 1/15 del Valor Fiscal del inmueble.

Para los inquilinos mayores de 65 años, el contrato no se transfiere al RNA. Sin embargo, si los ingresos anuales del hogar superan los 64.400 €, la propuesta también contempla la posibilidad de actualizar el alquiler a 1/15 del Valor Fiscal.

El derecho de tanteo requerirá ahora tres años de residencia en el inmueble.

El derecho de tanteo del inquilino para adquirir el inmueble también podría modificarse.

Actualmente, el inquilino puede ejercer este derecho cuando se cumplen las condiciones estipuladas por la ley. La propuesta tiene como objetivo ampliar el plazo mínimo de arrendamiento necesario para que se aplique el derecho de tanteo.

Según la propuesta publicada, el inquilino deberá residir en la vivienda durante al menos tres años, uno más que el período actualmente estipulado en el Código Civil.

El Gobierno también pretende modificar algunas situaciones relativas a la venta conjunta de propiedades y eliminar ciertos tipos de derecho de tanteo que han generado conflictos.

¿Qué ocurre si el inquilino fallece?

La transmisión del contrato por fallecimiento es otro aspecto que se modifica.

La propuesta restringe y clarifica quién puede permanecer en la vivienda y suceder al inquilino. Entre otros cambios, se exigirá prueba de residencia en la propiedad y, en caso de unión de hecho, prueba de esta situación mediante un certificado expedido por el consejo parroquial.

El objetivo es también sustituir la referencia genérica a las personas que viven en una "economía común" por una enumeración más sistemática de los miembros de la familia que pueden beneficiarse de la transmisión.

Alquileres turísticos limitados a 90 días

La propuesta también prevé cambios en los alquileres con fines turísticos.

El nuevo sistema permitirá la firma de múltiples contratos, pero solo por un período máximo de 90 días al año.
El Gobierno quiere impulsar el alquiler de viviendas.
La reforma se presenta como una respuesta a la crisis de la vivienda y una forma de aumentar la oferta en el mercado.

Entre los objetivos se encuentra también la creación de mejores condiciones para la inversión en viviendas destinadas al alquiler. La Asociación Portuguesa de Promotores e Inversores Inmobiliarios (APPII) ya ha manifestado su apoyo a la propuesta, considerándola un paso importante para incrementar la oferta y crear las condiciones para un verdadero mercado de viviendas de nueva construcción específicamente destinadas al alquiler.

Para los propietarios, la reforma puede significar mayor previsibilidad y mecanismos más rápidos en caso de impago. Para los inquilinos, algunos de los cambios representan una reducción de las garantías existentes, especialmente en lo que respecta a la duración efectiva de los contratos, la renovación y la transferencia del alquiler.

Por ahora, sin embargo, nada cambia. La propuesta aún debe pasar por el Parlamento y podría ser modificada durante el proceso legislativo antes de convertirse en ley.

Noticia: Casa Yes
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