Notícias Informativas Certificado energético: todo lo que necesitas saber El certificado energético es obligatorio para todos los inmuebles puestos en el mercado para su venta o alquiler. ¿Qué significa y cuánto cuesta? 07 dic 2022 min de leitura Si estás pensando en alquilar o vender una propiedad, ya sea para uso residencial o comercial, será obligatorio que cuentes con un certificado energético, de lo contrario podrías correr el riesgo de ser multado. Actualmente, en Portugal hay casi 1,5 millones de viviendas que ya cuentan con calificación energética, según ADENE – Agência para a Energia, pero esta cifra aún está lejos de ser la ideal. La Certificación Energética de Edificios (SCE), sistema gestionado por ADENE, es una herramienta independiente de evaluación y validación del comportamiento energético de los edificios. Aprende todo sobre el tema. AL FIN DE TODO, ¿QUÉ ES EL CERTIFICADO ENERGÉTICO? El certificado de eficiencia energética es un documento que, como su nombre indica, acredita la eficiencia energética de un inmueble. Esta certificación la llevan a cabo los técnicos de ADENE, quienes, tras evaluar, asignan al inmueble una etiqueta que va desde “A+” (muy eficiente) hasta “G” (poco eficiente). ¿Qué incluye? A través del certificado energético se presenta información sobre el consumo energético de tu inmueble en relación a la climatización y al agua caliente sanitaria, y también se incluyen las medidas que puedes implementar para mejorar la eficiencia energética y reducir el consumo energético del inmueble. Existen dos modelos diferentes de certificados energéticos en vigor: uno para edificios residenciales y otro para edificios comerciales y de servicios. ¿Cuál es la validez? El certificado de eficiencia energética es válido según el edificio al que se refiera: Edificios de vivienda: 10 años; Pequeños edificios comerciales y de servicios: 10 años; Grandes edificios comerciales y de servicios: 6 años, para certificados emitidos hasta el 30 de abril de 2015; Grandes edificios comerciales y de servicios: 8 años, para certificados emitidos después del 30 de abril de 2015. ¿EN QUÉ SITUACIONES ES OBLIGATORIO EL CERTIFICADO ENERGÉTICO? La certificación de eficiencia energética es obligatoria en el caso de edificios: Nuevo; Edificios existentes sujetos a grandes intervenciones de rehabilitación, y por tanto obras cuyo coste supere el 25% del valor del edificio; Comercios y servicios existentes con una superficie útil interior igual o superior a 1000m2, o 500m2 en el caso de centros comerciales, hipermercados, supermercados y piscinas cubiertas; Edificios de titularidad pública, frecuentados por el público, con una superficie útil interior superior a 250m2; Además, es necesario en las siguientes situaciones: Al suscribir contratos de compraventa y arrendamiento de inmuebles, incluido el leasing – en estas situaciones, el propietario deberá presentar el certificado energético al potencial comprador, arrendatario o locataria; En situaciones de allanamiento de establecimientos comerciales; renuncia de presentación Algunas viviendas están exentas de presentar certificado energético: - Instalaciones industriales, ganaderas o agrícolas no residenciales con necesidades energéticas reducidas o que sean utilizadas por acuerdo nacional sobre rendimiento energético; -Edificios utilizados como lugares de culto o para actividades religiosas; -Fracciones o edificaciones destinadas a estacionamientos, talleres y depósitos no climatizados donde la presencia humana no sea significativa; -Edificios unifamiliares con una superficie construida igual o inferior a 50m2; - Edificios de servicios y comerciales vacantes, hasta su venta o arrendamiento; -Edificios en ruinas; -Las infraestructuras y edificios militares relacionados con los sistemas de información o las fuerzas y servicios de seguridad, siempre que estén sujetos a normas de control y confidencialidad; - Venta o donación en cumplimiento de copropietarios, arrendatarios, en proceso ejecutivo, la entidad expropiante o para derribo total; -Arrendamiento de la vivienda habitual del arrendador por un período inferior a 4 meses; -Contratos de donación y herencia; - Arrendamiento de los que ya son arrendatarios de la cosa arrendada; -Venta de fracciones o inmuebles en concurso; - Contratos de allanamiento en los que sólo se verifique la transferencia de equipos o servicios - excepto cuando el contrato de allanamiento incluya el espacio físico; -Contratos de préstamo. Multas en caso de incumplimiento También debe tener en cuenta que puede ser multado si su propiedad no tiene certificación energética. Las multas varían entre 250 euros y 3.740 euros para particulares y entre 2.500 euros y 44.890 euros para empresas. ¿CÓMO OBTENER EL CERTIFICADO ENERGÉTICO? Cualquier propietario de un inmueble o fracción puede solicitar un certificado energético del inmueble de su propiedad. Si este es tu caso, primero debes buscar un experto calificado cerca de tu área de residencia. Para ello, puede utilizar el grupo de expertos de ADENE. Si hay varios expertos disponibles en tu zona, entonces contáctalos y compara los precios que cobra cada uno, ya que pueden variar. Deberá presentar los siguientes documentos: Copia del plano del inmueble a evaluar para certificación; Folleto de construcción urbana; Certificado de registro en el conservatorio; Ficha técnica de la vivienda. Tras recopilar la información necesaria, los cálculos se introducen en el Sistema Nacional de Certificación Energética y Calidad del Aire Interior de los Edificios. Antes de que se emita el certificado, puede incluso consultar una versión preliminar. En un plazo de 2 a 3 días podrá disponer del certificado de eficiencia energética de su vivienda. ¿Cuál es el coste del certificado energético? Los costes del certificado energético varían según el tipo de inmueble y la complejidad del edificio. Además de las tasas correspondientes a la inscripción del certificado, el IVA al tipo vigente y los honorarios del técnico habilitado, que son variables. En el caso de edificios residenciales, las tarifas vigentes son: T0 y T1: 28€; T2 y T3: 40,50€; T4 y T5: 55€; T6 o superior: 65€. Para edificios comerciales y de servicios, las tarifas vigentes son: Superficie igual o inferior a 250m2: 135€; Más de 250m2 e igual o inferior a 500m2: 350€; Superficie superior a 500m2 e igual o inferior a 5000m2: 750€; Superficie superior a 5000m2: 950€. ¿Cuánto tiempo se tarda en obtener el certificado? Es un proceso relativamente rápido, que suele tardar entre 2 y 3 días. Incluso hay empresas que hacen posible emisiones urgentes de la noche a la mañana. Exención El solicitante también podrá beneficiarse de la exención de tasas, si el inmueble en cuestión ya dispone de certificado energético y se han implantado las medidas en él indicadas. No obstante, el certificado original debe tener una antigüedad inferior a 10 años, que es su fecha de caducidad, y las medidas implantadas deben haber conducido a la mejora de la clase energética del edificio hasta un mínimo de “B-”. Fuentes ADENE – Agencia de la Energía Certificar es Valorar – Certificación Energética de Edificios economista Notícias Informativas Compartir el artículo FacebookXPinterestWhatsAppCopiar enlace Link copiado